FRANQUICIAS: NUEVA LEY CREA Y CRECE, FACILITA LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN MENOS DE 10 DÍAS Y DESDE SÓLO UN EURO.
A partir hoy, entra en vigor la denominada “Ley Crea y Crece”, Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Que permite la constitución de empresas mediante medios digitales con un capital social mínimo de un euro. (Frente a los 3.000 euros mínimos que se exigen en la actualidad) y en un plazo de menos de diez días, impulsando con ello el emprendimiento en general y en franquicias en particular.
La medida más importante de la antes denominada Ley de Crecimiento Empresarial, es la posibilidad de constituir una sociedad mercantil con un capital social mínimo de 1 euro. Y crearla en menos de 10 días laborales a través de medios telemáticos. Sin necesidad de acudir presencialmente a ninguna organismo público ni notaría. Esta medida va a ser de gran utilidad a los emprendedores que deseen adquirir franquicias. Pues se agilizará y facilitará el procedimiento para el inicio de la actividad. Desde Consulta Franquicias consideramos está ley como un impulsor del emprendimiento.
Este procedimiento de rápida creación de sociedades. Se puede realizar por el futuro franquiciado mediante el sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE). Como ventanilla única que viene gestionando y desarrollando, desde el año 2003. Y que hasta ahora no había sido lo suficientemente utilizado. La Dirección General de Industria y de la pyme del Ministerio de Industria Comercio y turismo. A esta medida se une la de reforzar la obligación, para todos los notarios, de formar parte de la Agencia Electrónica Notarial.
Las empresas deberán destinar el 20% de sus beneficios hasta alcanzar los 3.000 euros de capital social en las sociedades de responsabilidad limitada.
A pesar de que, al abrigo de la Ley Crea y Crece, se puedan crear empresas con un capital social mínimo de un euro, no exime de la obligación a estas sociedades de disponer de una cuantía de tres mil euros. Por lo que se obligará a éstas a que destinen el 20% de sus beneficios a la partida de “Reserva Legal”. Hasta que ésta sumada al capital social alcance la cifra mínima de 3.000 euros. Si bien esta permisibilidad en el momento de la creación de la sociedad, es altamente beneficiosa para el futuro franquiciado que debe realizar otras inversiones esenciales de inicio para el arranque de su negocio, reduciendo la alta presión financiera de los primeros momentos.
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