Contrato de franquicia

El contrato de franquicia no es solamente un acuerdo de cesión de la marca, sino que incluye muchos más puntos que deben ser cumplidos por el franquiciador y el franquiciado.

El contrato de franquicia se compone de varios contratos que perfilan los diferentes elementos que componen esta asociación de intereses (de mutuo acuerdo y que beneficia a ambas partes). Estos tipos de ‘contratos intermedios son’: contrato de licencia de marca, el contrato de licencia de know-how, el contrato de abastecimiento, el contrato de concesión dentro de una zona exclusiva y el contrato de prestaciones. Esta es la razón principal que hace que no haya dos contratos de franquicia iguales.

Pese a que no hay modelos de contrato, este se suele componer de estas partes:

1. El preámbulo y el objeto del contrato: el objeto del acuerdo de franquicia, es la transmisión, que la empresa franquiciadora hace al franquiciado/da, de una unidad patrimonial organizada, con sus elementos materiales e inmateriales. En el preámbulo del contrato se especifica la independencia de las partes; el franquiciado/da y la empresa franquiciadora son empresas jurídicamente independientes.

2. Uso de la marca, enseña y exclusividad territorial: esta parte regula las medidas de protección de la marca, del uso del logotipo y el área geográfica sobre la que tienen exclusividad tanto la empresa franquiciadora como el franquiciado/da. Se trata del cese de la propiedad intelectual de la empresa franquiciadora.

3. Transmisión del Know-how: parte esencial del contrato de franquicia ya que es lo que hace que una empresa se diferencie de su competencia. Este saber hacer deberá ser sustancial y singular, y con una serie de conocimientos técnicos y prácticos no patentados, derivados de la experiencia de la empresa franquiciadora y verificados por este. accesibles.

4. Especificación de los derechos y obligaciones de ambas partes: tanto previas como posteriores a la apertura (como por ejemplo la duración del contrato y la oferta y el aprovisionamiento por parte de la empresa franquiciadora). Así, la empresa franquiciadora tiene la obligación de ofrecer al franquiciado/da la formación adecuada, el plan financiero de la empresa, la decoración del local y asistencia técnica permanente.

5. Clausulas: de asistencia (la empresa franquiciadora se obliga a ofrecer un estudio de mercado, formación, publicidad, etc.), de arbitraje o prevención de litigios (por la que de mutuo acuerdo se designa a una tercera persona para que haga de mediadora en los conflictos entre la empresa franquiciadora y el franquiciado/da), resolutoria (impone sanciones y condiciones por las que podría romperse el contrato), de exclusividad (al ámbito territorial, al aprovisionamiento a la distribución, etc.), de extinción del contrato (ruptura por incumplimiento de contrato; ruptura por finalización de contrato; ruptura previa a la finalización de contrato).

6. Contra prestaciones económicas (que ha de realizar el franquiciado): la inversión de capital, el derecho de entrada, los royalties (un ingreso –generalmente anual- calculado sobre la cifra de negocios del franquiciado/da, es decir, el porcentaje de los beneficios que se llevaría la empresa franquiciadora).